ANTICONSTITUCIONAL, que prohíban entrar a NIÑOS a las CORRIDAS DE TOROS

La Asociación Nacional de Matadores de Toros envió un comunicado en el que da a conocer que, tras la resolución de dos Tribunales Colegiados de Circuito en el Estado de Guanajuato, es anticonstitucional que le prohíban la entrada a las corridas de toros a los menores de edad.

A continuación, le presentamos íntegro, el comunicado de la agrupación de toreros:

TRIBUNALES: INCONSTITUCIONAL REGLAMENTO DE LEÓN QUE PROHIBE NIÑOS EN CORRIDAS DE TOROS

NIÑOS DE FAMILIA QUE PROMOVIÓ AMPARO YA PUEDEN ASISTIR A LA PLAZA

Son ya dos los Tribunales Colegiados de Circuito en el Estado de Guanajuato que han confirmado la inconstitucionalidad del Reglamento de Espectáculos Públicos de León que prohíbe la entrada de menores de catorce años a corridas de toros. Las sentencias que amparan a los niños y a sus padres consideran que el Municipio no justificó que exista un interés superior para prohibir el ingreso de los niños a los espectáculos taurinos, y que dicha prohibición es discriminatoria.

Según estas resoluciones, los niños de las familias que promovieron el amparo, podrán ingresar a las corridas de toros que se celebran en el Municipio de León, razón por la que el Juez de Distrito encargado de la ejecución de estas sentencias, ha solicitado al Municipio tome las medidas pertinentes. La Presidencia Municipal ha girado oficios al Director de la Policía Municipal y a la Dirección General de Fiscalización del Municipio para que aseguren el cumplimiento de estas resoluciones.

La Dirección de Fiscalización y Control del Municipio es quien, conforme al Reglamento de Espectáculos Públicos y el Reglamento Taurino del Municipio, es la encargada de expedir los permisos para la celebración de corridas de toros, por lo que corresponderá a esta dependencia hacer saber a los empresarios de tales eventos, los niños menores que podrán entrar a tales espectáculos para que no se les impida el ingreso a la plaza de toros.

A pesar de que los efectos de estas sentencias sólo protegen a los niños que litigaron, quienes podrán entrar a las corridas de toros a diferencia de quienes no lo han hecho, y siendo que ambos Colegiados en Materia Administrativa comparten el criterio de la inconstitucionalidad, habría que reflexionar sobre la conveniencia de que el Municipio de León derogue dicha prohibición a efecto de no generar más discriminación, entre niños que tendrán que obedecer una prohibición declarada inconstitucional y los que sí podrán gozar de los espectáculos taurinos por haber tenido la oportunidad de litigar contra el municipio.